viernes, 28 de enero de 2011

12 Razones para formar una Empresa como Persona Juridica

1).-Riesgo Limitado.- Las personas naturales con negocio son las empresas que en su boleta de venta figura el nombre comercial, seguido del nombre del propietario y su RUC; en este caso el propietario responde con sus bienes personales para cubrir todas las obligaciones de pago de la empresa. En las empresas jurídicas cualquier obligación es cubierta solamente con bienes de las empresas, sin que los propietarios se vean afectados por ello.

2).-Mayor facilidad para accesar un crédito empresarial.- El interés en el caso de prestamos empresariales es mucho menor que el interés en los prestamos a personas naturales. Si bien la ley no lo señala, el crédito empresarial es casi exclusivo para las empresas como persona jurídica y ello es porque como hemos visto tienen mayor estabilidad, lo que baja el riesgo de no pago. Es indispensable que para acceder al crédito empresarial la empresa debe tener un historial de buen pago.

3).-Mejor negociación con los proveedores.- En el caso de que la mercadería no tenga la salida esperada, los proveedores saben que el propietario de empresas como persona natural responde con sus bienes personales, casa, autos etc., Por ello se muestran sumamente exigentes en el pago de esta mercadería en los términos acordados; en el caso de empresas jurídicas se responde solo con los bienes de la empresa; en caso de que el proveedor gane un juicio probablemente le paguen con su propia mercadería; por ello es el caso que los proveedores son más flexible en el caso de empresas y generalmente llegan acuerdos beneficiosos.

4).-Puede tener varios empresas.- Una persona sólo puede tener un negocio como persona natural, ya que solo genera un número de RUC. Si desea tener varias empresas bajo el régimen de persona natural, los otros debe ponerlos a nombre de hermanos o amigos; en cambio una persona puede tener varios empresas o giros de negocios como persona jurídica.

5).-Permite tener sucursales.- La empresa puede tener sucursales en otros distrito o provincias, las empresas como persona natural no puede tener sucursales.

6).-Persona natural y juridica pagan los mismos impuestos.- Existen 2 regímenes tributarios que permiten emitir factura, el Especial y el General; en ambos las empresas como persona jurídica o persona natural pagan los mismos impuestos. Además, existe el Régimen Único Simplificado para empresas como persona natural, pero no permite emitir facturas.

7).-Mejor sistema organizacional.- Las empresas como personas naturales no cuentan por lo general con una organización definida, en cambio las empresas como persona jurídica tienen claramente establecidas sus funciones, su objeto, los porcentajes de acciones de los propietarios, las funciones del Gerente, el dinero y bienes que posee.

8).-Mayor facilidad para acceso al seguro social.- En las empresas como persona natural difícilmente los propietarios recurren al seguro social, por temor a tener deudas con este organismo arriesgando sus bienes personales.

9).-Mayor acceso a las cartas fianzas.- Si bien la ley no lo señala, los bancos prefieren emitir documentos a empresas como persona jurídica que como persona natural por su mayor estabilidad.

10).-Mayor facilidad para acceso al Sistema de Pensiones.- Igual que en el caso del seguro social, se puede acceder al Sistema de Pensiones sin poner en riesgo los bienes personales.

11).-Mayor Facilidad para vender al Estado.- Si bien la norma no lo señala, en caso de Licitación Pública o Concurso Público en casi todos los casos resultan ganadores las empresas como persona Jurídica, porque tienen acceso a las cartas Fianza que son requisitos en este tipo de adjudicaciones.

12).-Mayores facilidades para exportar.- Las empresas como persona jurídica en la practica realizan casi el total de las exportaciones del país, porque por los montos de las transacciones, en cada venta, en caso de ser el producto por alguna razón no aceptado, se pondría en riesgo el total de los bienes personales.

Lo que debe saber acerca de su Empresa MYPE

1.¿Quiénes están obligados a obtener Licencia de funcionamiento?Están obligadas a obtener Licencia de Funcionamiento de Locales las personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se dediquen a las actividades en establecimientos comerciales, industriales, y profesionales y/o servicios.

2.¿Cuando se debe obtener la Licencia de Funcionamiento?
Estas Licencias deben ser obtenidas entes de: 
     La apertura de establecimiento y/o renovación;
     El cambio de nombre o razón social;
     El cambio o ampliación de giro.

3.¿La persona que cuenta con Licencia de Funcionamiento esta autorizado a aperturar  otro negocio en otro establecimiento? No, las personas que desarrollen actividades en varios establecimientos, aún cuando sean complementarios a su giro principal, deben contar con Licencia Municipal de Funcionamiento para cada uno de ellos. Estendiéndose por establecimiento al inmueble independiente en que se desarrolla toda o parte de las actividades económicas, profesionales y/o de servicios.

4.¿Puedo transferir Licencia Municipal de Funcionamiento a mi esposa? No, porque la Licencia municipal de Funcionamiento es de carácter personal e intransferible.

5.¿Para solicitar una Licencia Municipal de Funcionamiento es necesario que los trabajadores cuenten con Carnet Sanitario? No es necesario presentar el Carnet Sanitario.  Solo basta anexar a la solicitud de Autorización de Funcionamiento, una Declaración Jurada en la que se deja constancia expresa que el interesado o el trabajador a su servicio goza de buena salud y que asimismo conoce las normas de salubridad e higiene existentes.

6.¿Qué pasa si la información en la Declaración jurada es falsa?  En caso de proporcionar información falsa en la Declaración Jurada, la Municipalidad puede proceder a la clausura temporal o definitiva del establecimiento. Según la gravedad del caso y de acuerdo a normas vigentes, la Municipalidad también puede iniciar acciones penales conforme lo establece el Artículo 438º del Código Penal.

7.¿Qué es una Licencia Especial de Funcionamiento? Es la autorización expresa que expide una Municipalidad para el ejercicio de las siguientes  actividades: 
- Establecimiento destinado a la venta de comida, refrescos y bebidas alcohólicas, después  de la 23 horas; 
- Establecimiento públicos de recreación, baile y diversión públicas después de las 23 horas;
- Kioscos; 
- Casinos y salas de bingo y afines; 
- Aparatos de esparcimiento; 
- Casas de cita y prostíbulos.

8. ¿Puedo obtener Licencia Especial sin tener Licencia de Funcionamiento?  No, la Municipalidad no podrá otorgar una Licencia Especial Municipal, si previamente no ha sido otorgado el Certificado de Autorización de Funcionamiento (Licencia Municipal de Funcionamiento).

9.¿Qué limitaciones tiene los administradores de los establecimientos que cuentan con Licencia Especial de Funcionamiento para vender después de las 23.00 horas? Los administradores de estos establecimientos son responsables de manter el orden, la moralidad, y el respeto de la tranquilidad del vecindario. Deben poner en conocimiento de la Guardia Civil los incidentes que ocurran en sus locales, ya que no hacerlo constituye falta grave. 
Queda determinadamente prohibido lo siguiente: 
- Vender bebidas alcohólicas a menores de edad; 
- Dar facilidades a las personas para que consuman bebidas alcohólicas en la vía pública;
- Vender mezcla de bebidas alcohólicas o tragos preparados.

10.¿Cuánto tipos de Licencias Especiales Hay? Hay dos (2) tipos : la de Inscripcion y la de Funcionamiento. 
- La licencia de Inscripción permite el desarrollo de las actividades y establecimientos autorizados durante un año como máximo y vence el 31 de diciembre de cada año.
- La Licencia de Funcionamiento estará constituido por el comprobante de pago mensual de la tasa correspondiente.

11.¿La Licencia Apertura de Establecimiento tiene fecha de cadicidad? Sí. En principio para que un establecimiento industrial, comercial o de servicios funcione el contribuyente responsable debe, por única vez, pagar una tasa como requisito previo. 
Cuando la Municipalidad aprueba y publica el cambio de la Zonificación, todas las autorizaciones que concedió caducarán al quinto año siguiente de producto el referido cambio de Zonificación.

12.¿Qué es una Micro y Pequeña Empresa (MYPE)?
Una MYPE es definida como aquella unidad económica constituida por persona natural o jurídica, que bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial reconocida por la legislación nacional vigente, tiene el objetivo de desarrollar actividades varias como la de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o de prestación de servicios.
 
13.¿Qué es el régimen laboral especial? promueve la formalización y desarrollo de las MICROEMPRESAS, facilita el acceso a los derechos laborales y de seguridad social tanto a los trabajadores como a los empleadores. Es un régimen temporal y se extenderá por un período de  05  años (se inició el 04.07.2003 y terminará el 03.07.2008), ha sido ampliada por 05 años, hasta el año 2,013 (De acuerdo a la modificatoria el Articulo 2° de la Ley 28851, publicada el 27 de julio del 2006, y de conformidad con la segunda Disposición Complementaria).

14¿Qué deben hacer las empresas para estar comprendidas en tal régimen especial? Las Empresas deben presentar ante la Autoridad Administrativa Ministerio de Trabajo, una declaración jurada de poseer las características necesarias para ser consideradas como una Microempresas.  Para este fin se ha creado el portal www.crecemype.pe y el trámite para constituir una MYPE se puede realizar a través de un formulario en línea.

15.¿Cunto tiempo demora en obtener una licencia de funcionamiento provisional? Una ves presentado el expediente el tramite demora 7 días hábiles. Transcurrido este plazo laMunicipalidad en un solo acto da una Licencia Provisional de Funcionamiento, con lo cual su MYPE ya puede funcionar.

16.¿Si la Municipalidad no me entrega dicha Licencia Provisional de Funcionamiento en el plazo establecido?
Si ya venció el plazo de 7 días hábiles y la Municipalidad no se ha pronunciado sobre de la licencia, entonces en aplicación del Silencio Administrativo Positivo se entenderá que tal Licencia Provisional ha sido otorgada a favor del solicitante y el negocio puede empezar a funcionar con la sola presentación del cargo de su solicitud en razón de la correspondiente recepción.

17.¿Siendo esta Licencia Provisional, cuanto tiempo tiene de vigencia? La Licencia Provisional de Funcionamiento tiene una validez de 12 meses contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud.
Salvo que se trate de MYPES que tengan como giro principal el de discotecas, bar, o juegos de azar y afines que empezarán a funcionar una vez obtenida la Licencia municipal de Funcionamiento Definitiva.

18.¿Cunto tiempo demora en obtener la Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva? Una vez vencido el referido plazo de 12 meses y si la Municipalidad no ha detectado ninguna irregularidad, o que fue subsanados al ser detectadas, la Municipalidad debe emitir la Licencia municipal de Funcionamiento definitiva.

19.¿que pagos debo hacer una vez obtenida la Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva?
Obtenida esta Licencia, no deberá efectuar pago de Tasa alguna a la Municipalidad por ningún concepto ya sea por renovación de la vigencia de la Licencia, por labores de fiscalización y control por parte de esta Entidad, por concepto de actualización de datos de la propia Licencia. Salvo del caso de cambio de uso conforme a lo establecido por el decreto Legislativo Nº 776.